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Ciudadanos argentinos titulares de pasaportes extranjeros

Las y los ciudadanos argentinos titulares de pasaportes extranjeros no requieren visa para ingresar a la República Argentina.

Por Disposición DNM Nro. 2742/2009, al ciudadano argentino que ingrese al país solamente con el pasaporte de la nacionalidad adquirida, se le estampará el sello de ingreso con la leyenda: "ARGENTINO - 180 DÍAS".

En caso de que no constare la condición de argentino en el pasaporte extranjero y el ingresante la invocara, la deberá acreditar mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad Argentino.

Para egresar del país, deberá hacerlo con la documentación argentina pertinente, salvo que la permanencia en la República Argentina no hubiera excedido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) DIAS corridos, circunstancia esta que le permitirá salir con el pasaporte de la nacionalidad adquirida, que hubiere utilizado al ingresar.

 

 

 

Fecha de actualización: 09/05/2024