VISTO CONSULAR
I. GENERALIDADES
Los documentos públicos o privados que deban acreditar que han sido presentados, de allí la palabra - VISTO -, en la Oficina Consular y solo pueden ser intervenidos a solicitud el recurrente. Dicha intervención no significa certificación, ni legalización de la firma o del contenido del documento por la Oficina Consular. Únicamente se da constancia de fecha y lugar de su presentación.
II. PROCEDIMIENTO
- Enviar documento/s original/es más la solicitud de trámite respectiva, completando el primer casillero, tildando el campo "VISTO" y firmando este formulario que lo puede bajar aquí.
- Adjuntar un sobre prepago (ejemplo: Xpress Post del Canada Post) o "courier slip", con el "waybill" debidamente completo por el remitente, para su devolución al domicilio denunciado. Le aconsejamos tomar nota del número del "waybill", con el cual Ud. podrá chequear el estatus de su documento en el sitio web del correo o courier elegido.
- Abonar el arancel consular vía "money order" o cheque certificado a la orden del “Consulate General of Argentina”. Consulte el monto del arancel haciendo click aquí.
- El Visto Consular se procesa dentro de los 5 días hábiles de presentado el documento y se procede a devolverla vía sobre prepago. Solicitudes de urgencia se procesan a las 48 hs. de recibidas. Al respecto, se debe acompañar un "money order" por la suma del arancel de urgencia por cada documento cuyo servicio de urgencia se solicite. Consulte el monto del arancel en este enlace.
- Si el interesado no proveyó sobre prepago para la devolucion de la documentacion, el interesado puede concurrir personalmente a nuestras oficinas a retirar la misma. Sin embargo, a fines de automatizar el trabajo le aconsejamos preferir la vía postal.
NOTA: este Consulado General no se hace responsable por demoras o pérdidas en el correo o courier.
Act 18/01/2021