VISA TEMPORARIA: HASTA (2) AÑOS, Art. 23 inc. L), Ley 25.871
I. GENERALIDADES
Pueden aplicar a esta visa los extranjeros nacidos en los siguientes países: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, residentes en la juridiccion de este Consulado General (ver nuestra jurisdicción), que se dirijan a la República Argentina a residir en forma temporaria. Para mayor información ver el siguiente link de la Dirección Nacional de Migraciones.
La visa se expide por un plazo de hasta 2 años, prorrogable ante la Dirección Nacional de Migraciones en Argentina. Este visado faculta al extranjero a obtener el Documento Nacional de Identidad Argentino (para extranjeros).
Es requisito indispensable presentar toda la documentación que figura más abajo ante este Consulado General como máximo hasta con 15 días de anticipación al turno asignado, a fin de adelantar el proceso de carga de datos. Caso contrario, no se procederá a atenderlo en dicho turno, que será reagendado ulteriormente de acuerdo a disponibilidad.
II.REQUISITOS
a) CITA PREVIA:
Se debe solicitar un turno con la debida anticipación (minimo 15 dias) a su viaje a Argentina. Para tal fin, Ud. puede llamar por teléfono o enviarnos un e-mail.
b) DOCUMENTOS:
1. Pasaporte válido por los próximos veinticuatro meses más fotocopias de las 2 primeras hojas del mismo.
3. Certificado de carencia de antecedentes penales, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años, para extranjeros con DIECISEIS (16) años cumplidos (original). En Canada deben solicitarse los Certificados de antecedentes penales/policiales de la Policía Canadiense "Royal Canadian Mounted Police" (RCMP) que pueden obtenerse a traves del siguiente link, y luego estos deben estar autenticados por el "Department of Authentication of the DFAIT en Ottawa (ver siguiente link). Este/os documento/os deben ser traducido al español (no es requisito una traduccion oficial). Este requisito es solo aplicable a los extranjeros con 16 años cumplidos.
Importante: DFAIT informo a este Consulado General que el certificado del RCMP indicado anteriormente, no debe ser autenticado previamente por un notario para poder solicitar la autenticacion de ese DFAIT.
4. Declaración Jurada de carencia de antecedentes policiales o condenas a nivel nacional o internacional. Consulte aquí. Este documento debe completarse pero sólo firmarse en el día del turno.
5. Dos (2) fotografías actuales, tomadas de frente, con la cabeza totalmente descubierta (sin sombrero y sin anteojos), en color, con fondo uniforme color blanco y liso, mate o semimate, tamaño de CUATRO (4) cm. por CUATRO (4) cm. .
III. PAGOS CONSULARES
Se debe abonar tanto la visa asi como la cartera migratoria vía money order o cheque certificado a la orden del “Consulate General of Argentina”. Consulte los monto respectivos haciendo click aquí.
Nota: Quienes no hayan tramitado un permiso de ingreso ante migraciones deberán además presentar comprobante de pago del permiso de ingreso consular obtenido de acuerdo al instructivo publicado en el siguiente enlace:
http://www.migraciones.gov.ar/pdf_varios/tramitacion/instructivo_pic.pdf#zoom=100
Quedaran eximidos de la tasa de retribución de servicios los hijos solteros menores de 16 años de edad que realicen el trámite juntamente con alguno de sus progenitores
IV. TIEMPO DE PROCESAMIENTO
Dentro de los 5 días hábiles. Las solicitudes incompletas NO serán recibidas para su procesamiento.
Act 26/05/2021