REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS - OBLIGATORIEDAD REGISTRAR CAMBIO DE DOMICILIO
I. GENERALIDADES
1. Todos los argentinos mayores o menores de edad que tengan domicilio establecido en la jurisdicción de esta oficina consular deben efectuar el trámite de cambio de domicilio. El cambio de domicilio implica la emisión de un nuevo DNI tarjeta.
2. Al respecto deberán aportar pruebas (p.ej, contrato de alquiler, licencia de conducir, recibo de pago servicios públicos, impuestos, electricidad, etc.) que acrediten la veracidad del domicilio a informar.
3. Se recuerda que de acuerdo con la Ley 17.671, Sección IV, Artículo 47, “...todas las personas de existencia visible o sus representantes legales, comprendidos en la presente Ley están obligados a comunicar en las Oficinas Seccionales, Consulares o que se habiliten como tales, el cambio de domicilio dentro de los treinta días de haberse producido la novedad”.